Bisabuelos quedan a cargo de la crianza de un niño

La Jueza de Familia de Viedma, Claudia Scoccia, tomó esa determinación luego de escuchar al niño y analizar informes sociales y psicológicos.

Redacción

Por Redacción

Priorizar el interés superior del niño. Este ha sido el eje de recientes sentencias firmadas por las juezas de Familia de Viedma en torno a la guarda temporaria de criaturas.

El último fallo difundido dispuso entregar en guarda por un año un niño a sus bisabuelos porque los padres de ese chiquito “temporariamente no pueden hacerlo en forma efectiva e integral”.

La jueza de Familia de Viedma, Carolina Scoccia, tomó esa determinación luego de escuchar al niño y analizar informes sociales y psicológicos. “El menor por el momento estará mejor contenido y atendido por sus bisabuelos -con quienes vive actualmente- que por sus papás”, sostuvo al detallar que los padres del chiquito están separados. Tuvo en cuenta que el niño vivió con su madre “en situación de vulnerabilidad y con algunas aristas que denotaron falta de atención y contención por parte de la mamá, según se desprende de los informes. Luego, fue a vivir a casa de sus bisabuelos, donde mejoraron sus condiciones no solo ambientales, sino de resguardo”.

Scoccia consideró también el informe socioambiental que indicó que los bisabuelos paternos del niño “activos a pesar de su avanzada edad, se esfuerzan por brindar al niño bienestar material y afectivo, manifestando su preocupación por las precarias condiciones sociales en las que se encontraba antes de residir con ellos. Sus días transcurren en satisfacer sus necesidades y gustos”.

Ese mismo informe puntualizó que “el niño se presenta apropiado del espacio físico y demandante en el contexto de los acotados límites que transmiten los bisabuelos, denotando el apego construido hacia ellos como referentes adultos, a los que concurre con diversos requerimientos”.

La información agregó que cuando el niño ya vivía con sus bisabuelos, el padre de la criatura pidió la tenencia que le fue denegada al analizar los informes respectivos. En este sentido la jueza de Familia concluyó que el nene “no está ni ha estado al cuidado de su padre, toda vez que quienes han asumido tal función -desde que el niño no vive con su madre- son sus abuelos paternos (bisabuelos del niño)”. No obstante tuvo en cuenta que el padre biológico se mudó con su nueva pareja pero a un domicilio sin lugar ni siquiera provisorio para albergar al chiquito a lo que sumó que “sin perjuicio de la falta de espacio ha mantenido una actitud periférica en la asunción de aspectos centrales de la responsabilidad parental”.

Respecto de la madre de la criatura los informes indican que “mejoró el contacto pero todavía no está en condiciones favorables para ejercer el cuidado personal del niño”.

Teniendo en cuenta ese marco de situación, la jueza delegó la guarda a los bisabuelos, ponderando que “el principio de estabilidad o continuidad es relevante para que el niño logre atravesar, si se quiere con cierta tranquilidad, los avatares de los profundos conflictos que sus padres tienen”.

La mamá del niño recurrió este fallo pero la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia y de Minería de Viedma confirmó la sentencia de Scoccia.


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