Denuncian que no internaron a un adicto que luego cometió un crimen

Familiares de un joven adicto a las drogas solicitaron a la Justicia su internación pero una funcionaria lo rechazó. Veinte días después el hombre participó de un asesinato.

Una grave denuncia contra una defensora de Pobres y Ausentes de Viedma, por haber negado la internación de un hombre con problemas de adicciones y que 20 días después se vio involucrado en un homicidio por el cual fue condenado a perpetua, formularon sus familiares.

En la denuncia contra la defensora Dolores Crespo, ante la Defensoría General de Río Negro y el Consejo de la Magistratura, Leticia Fernández destacó que la reciente sentencia que condenó a perpetua a su hermano Juan Manuel “pone de manifiesto el abandono del individuo por parte del sistema judicial”. También recordó lo señalado en ese fallo en el sentido que “se comprobó que los imputados tenían el propósito de robar el departamento de la víctima, tal como se hizo, y darle muerte, quizás ante un estado de alcoholismo y abuso de estupefacientes extremo o la necesidad de conseguir esas sustancias”.

Ese contexto de solicitud de internación, negativa a ello y sentencia fue considerado por la denunciante como “la paradoja de un sistema donde la misma justicia que hoy lo condena es la que hizo oídos sordos a los pedidos de ayuda de su familia”.

Opinión de la Defensoría

Por su parte, el Ministerio de Defensa, que conduce Rita Custet, explicó que la “defensora hizo el control de legalidad, es decir, evaluó si el requerimiento efectuado por la familia se correspondía” (Ley 26657) y planteó que “la necesidad de internación es potestad únicamente del organismo sanitario interviniente (Salud Pública)”. Agregó que “al no encontrarse dadas estas condiciones, porque Salud no intervenía, la defensa dictaminó en ese sentido” e igual “resolvió el juzgado”.

Explicó que el juez “no hubiera podido internarlo” porque “la ley de salud mental lo prohibe.

En la denuncia, la familia destacó que 20 días antes del homicidio la defensora negó la internación “de manera infundada y en un obrar irregular de sus funciones”, agregando que la objeción de Crespo “sólo se fundó en defectos de forma en un tema tan delicado como la salud mental, dignidad e integridad, negando así el necesario acceso a los servicios asistenciales previstos en la norma que precisamente citó la letrada”.

En la denuncia contra la Defensora de Pobres y Ausentes se detalló que el 28 de marzo de 2014 la funcionaria judicial se opuso por defectos formales a la internación que Leticia Fernández pedía para su hermano, “desestimando el contenido de los instrumentos acompañados a la solicitud, sin realizar un análisis exhaustivo del expediente en el que fundamente su decisorio. Además e puede observar que la profesional no formalizó ningún encuentro con su defendido, omitiendo la confección de un acta que le permita, eventualmente, efectuar la mejor defensa de los intereses de su protegido”.

“Protección propia y ajena”

Fernández aclaró que “las acciones de internaciones intentadas por los familiares siempre han sido articuladas para la protección de la integridad física de Juan Manuel y la de terceros, en virtud de una observación directa y cotidiana de los sufrimientos que padecía y que a su vez afectaban claramente, tanto a su entorno de relaciones sociales como su dignidad personal”.

Agregó que de la lectura del expediente y el protocolo seguido durante las internaciones anteriores “surge de manera evidente que la sustanciación intentada debía proceder a los efectos de efectivizar el dictamen del servicio de Salud Mental del hospital Zatti y que este instrumento permitiría, a posterior, determinar la procedencia o no de la solicitud invocada, contemplada en lo señalado por la Ley 26657 en lo referido a internación involuntaria”.

La denunciante consideró que la oposición de Crespo “se proyectó en un claro desmedro de los derechos de su defendido como el de acceso a la salud, protección de su integridad y la de terceros. Todo en virtud de su infundada oposición en notoria inobservancia de las leyes”.

Además aclaró que la internación de su hermano requerida en marzo de 2014 “no constituía un hecho aislado, sino uno nuevo, dentro de un expediente en el que constan cuatro internaciones previas desde 2011. Se pidió en un contexto extremadamente complejo, dado que, a ‘simple vista’ podía percibirse el agravamiento del cuadro clínico, certificado por profesionales que lo atendían en el Zatti, que informaron un mayor deterioro de su salud y un consumo sostenido de sustancias desde el fallecimiento de su padre, falta de voluntad al tratamiento, presuponiendo un trastorno por abuso de sustancias y trastorno de la personalidad ‘borderline’, sugiriendo evaluar la internación (involuntaria) en una comunidad terapéutica. Este documento médico delegado por la autoridad competente fue desestimado por defectos de forma omitiendo la denunciada la observación de su contenido”.

“La defensora negó la internación de manera infundada y en un obrar irregular de sus funciones, que sólo se fundó en defectos de forma”.

De la presentación hecha por los familiares de

Juan Manuel Fernández.

Datos

“La defensora negó la internación de manera infundada y en un obrar irregular de sus funciones, que sólo se fundó en defectos de forma”.

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