Cambio de época: menos derechos y trabajo flexible

Una semana utilizó el gobierno para permitir que decante el triunfo electoral del 22 de octubre, reagrupar la tropa propia, convocar a los opositores amigables y dadores de gobernabilidad y disponerse a relanzar la gestión. El puntapié inicial para la segunda mitad del mandato de Mauricio Macri tuvo lugar el último lunes, cuando el mandatario convocó a ministros, funcionarios de primera línea, legisladores propios y gobernadores afines para anunciar los lineamientos de las reformas que se vienen, tributaria, previsional y laboral.

De esta última se conoció el borrador que fue remitido al Poder Legislativo como proyecto de ley, del que se desprenden cambios de diferente calibre, algunos de ellos verdaderamente polémicos. Entre las reformas propuestas hay ítems relacionados al costo de la relación laboral y otros a la relación laboral propiamente dicha, y a la resolución de conflictos que surgen de la misma. La intención es clara: fomentar el empleo. La fórmula elegida para lograrlo es el recorte de una importante cantidad de derechos laborales, y la reducción de los costos tanto para la contratación como para el despido.

Cuando hace un mes, el ex ministro de Economía, Domingo Cavallo, afirmó en una entrevista que encontraba mucha similitud entre el gobierno de Macri y su propia gestión económica. Sus dichos podían sonar algo exagerados más allá de los funcionarios en común de ambas administraciones, o de alguna coincidencia ideológica de fondo.

Muy diferente es la percepción luego de conocido el combo de reformas estructurales que acaba de plantear el gobierno. Es que la similitud de los cambios propuestos con la flexibilización laboral iniciada en los 90 o la trunca reforma iniciada durante el gobierno de Fernando De la Rúa es llamativa. Pero detrás de la aclamada búsqueda de competitividad y de la ansiada llegada de inversiones productivas el proyecto actual se atreve a ir todavía más allá en el recorte de derechos a los trabajadores. El respaldo que acaba de recibir en las urnas fue el empujón que necesitaba el gobierno para avanzar en esa dirección.

Vale la pena repasar brevemente algunos de los puntos más relevantes de los cambios que se avecinan.

Blanqueo

Al igual que con el blanqueo de capitales, la intención del fisco es poner a la vista una situación que existe, pero ocurre a espaldas del Estado. Se proclama en este caso la intención de reducir el trabajo en negro y dotar de cobertura social a los trabajadores no registrados, que se estima llegan al 30% del total. La instrumentación sin embargo no es más que la condonación de la deuda que los empleadores mantienen con el fisco por la no registración de sus trabajadores. Así, las empresas que adhieran al régimen durante los primeros 180 días de promulgada la ley podrán blanquear a sus empleados sin costo. Luego de los primeros 180 días de vigencia, la empresa deberá abonar el 30% de la deuda.

Contribuciones y aportes

El proyecto prevé la reducción de las contribuciones patronales y los aportes a la seguridad social, a fin de fomentar la creación de empleo. La misma se aplicará escalonadamente. El primer año, los empleadores no pagarán por los primeros $ 2.300. Ese valor se duplicará al año siguiente actualizado por inflación, y se incrementará progresivamente hasta el 2023 cuando la cifra exenta alcanzará los $ 11.500, actualizados por inflación.

Irrenunciabilidad

Uno de los puntos más polémicos del proyecto es la supresión del principio de “irrenunciabilidad”. El mismo implica que los trabajadores no pueden renunciar voluntariamente a ciertos derechos que por ley les corresponden. En el gobierno aducen que el punto es necesario para evitar la litigiosidad que podría derivar del blanqueo de trabajadores. Pero al mismo tiempo habilita la posibilidad de que los empresarios logren acuerdos laborales menos beneficiosos para los trabajadores.

Plazo para el inicio de acciones judiciales

En la actualidad, la ley otorga dos años de plazo al trabajador para iniciar acciones legales a su exempleador. Ese plazo se reducirá a sólo un año. Luego de ese lapso, prescribirá la posibilidad de cualquier tipo de reclamo.

Condiciones de trabajo

La normativa vigente consagra el principio de “ius variandi”. El mismo limita la facultad del empleador para modificar las condiciones de trabajo del empleado. El proyecto enviado al Congreso suprime ese principio, facultado al empleador a modificar la modalidad, forma o lugar de las prestaciones de trabajo, según considere necesario.

Juicios por “solidaridad”

Más de una vez, el propio presidente se ha referido a la alta litigiosidad que se registra en el fuero laboral, hablando de “la mafia de los juicios laborales”. Está claro que la intención oficial es poner cepo a la posibilidad del empleado de iniciar juicio a su empleador. En este sentido, el proyecto limita los juicios por “solidaridad”. Es decir, el empleado sólo puede accionar contra su empleador directo y no contra el dador original del trabajo. El punto es especialmente sensible para los trabajadores tercerizados, contratados por una empresa para prestar servicio dentro de las instalaciones de otra. Algo muy común en las empresas de limpieza, maestranza o en las de servicios petroleros.

Indemnizaciones

La concepción de la reforma en marcha tiene como norte la reducción de los “costos laborales”. Dentro de ese concepto se incluye el precio a pagar por la finalización de una relación laboral. Ese ítem también tendrá un peso menor para los empleadores. El proyecto indica que a la hora de calcular las indemnizaciones dejará de tomarse en cuenta el aguinaldo, las horas extra, comisiones, premios, bonificaciones u otros ítems que no conformen la remuneración habitual. Se establece además que las multas que deba pagar la empresa dejarán de ir al bolsillo del trabajador y se depositarán en un fondo especial de Anses.

Horas extra

El proyecto innova con la introducción de lo que llama “banco de horas”. El nuevo sistema habilita a los convenios laborales a establecer un mecanismo compensatorio de horas extra. De esta forma, si un empleado trabaja durante horas fuera de su horario, el empleador puede “compensar” esas horas reduciendo el horario a cumplir en otra jornada laboral, sin abonar las horas excedentes.

Licencias

En cuanto a las licencias, una buena noticia para los trabajadores, ya que se introduce una figura de la que hace tiempo se debate. Se trata de la licencia por paternidad extendida. Hasta el momento, la ley indica que corresponden al padre dos días por el nacimiento de un hijo. Con la nueva ley, ese plazo pasaría a ser de quince días.

Pasantías

Como una verdadera rémora de los 90, reaparece la figura de las pasantías, una forma mucho más “flexible” de contratar personal. Las mismas tendrán distintos fines y aplicaciones. El borrador habla de “sistema de prácticas formativas” para estudiantes recién egresados del secundario, con plazo de un año y a cambio de una “asignación estímulo”. Se habla además del fomento al empleo joven mediante la creación de programas para la inclusión y entrenamiento laboral de personas de hasta 24 años.

Fondo de cese laboral

La nueva ley habilitaría a los convenios sectoriales para la creación de un “Fondo de cese laboral sectorial” al que los empleadores podrán adherir de forma voluntaria. Cada empleador aportará mensualmente a dicho fondo, que se hará cargo de las prestaciones por preaviso y despido sin causa, si se produce el fin de la relación laboral. La administración del fondo estará a cargo de un ente sin fines de lucro, que no sólo recibirá y gestionará el aporte de los empleadores, sino que podrá utilizar el patrimonio del fondo para hacer inversiones. El trabajador despedido podrá optar por percibir el monto completo de su indemnización, o solicitar un pago parcial, participando con el saldo en las inversiones que realice el instituto y percibiendo los intereses correspondientes.

Datos

“Es ahora o nunca. Hay que ceder cada uno un poco, para realmente garantizar 20 años de crecimiento en la Argentina”.

Mauricio Macri,

presidente de la

Nación.

Datos

0%
Lo que deberá pagar un empleador para blanquear un trabajador durante los primeros 6 meses del régimen.
1 año
El plazo que tendrá un trabajador para iniciar juicio a su exempleador.
15
Los días que tendrá como licencia un padre por el nacimiento de su hijo. En la actualidad la ley establece sólo dos días.
“Es ahora o nunca. Hay que ceder cada uno un poco, para realmente garantizar 20 años de crecimiento en la Argentina”.

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