Conflictos de intereses

Tengo entendido que, en las sociedades culturalmente desarrolladas (no como en nuestro país, ya que estamos muy lejos de ello), solo votan los ciudadanos que no reciben asistencia social por parte del Estado.

Esto tiene su lógica, basada en lo que se denomina “conflicto de intereses” que -por definición extraída del Gobierno de México- son conflictos de interés aquellas situaciones en las que el juicio de un sujeto, en lo relacionado a un interés primario para él o ella, y la integridad de sus acciones, tienen a estar indebidamente influenciadas por un interés secundario, el cual frecuentemente es de tipo económico o personal. Es decir, una persona incurre en un conflicto de intereses cuando en vez de cumplir con lo debido, podría guiar sus decisiones o actuar en beneficio propio o de un tercero.

Para nuestro país -muy claramente- existe un severísimo conflicto de interés cuando los votantes que reciben asistencialismo social del Estado, pueden ir a votar sin limitación alguna, razón por la cual -en una faz práctica- van a estar tentados de seguir entregando su voto a cambio de una dádiva económica y circunstancial en beneficio de una Clase Política que lo único que hace es saquear el país, con consecuencias devastadoras a mediano y largo plazo, como se vive actualmente en la República.

¿No sería hora que esto se regule por Ley del Honorable Congreso Nacional?

Daniel E. Gutiérrez, Contador Público

DNI 13.655.379

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