El Gobierno puso fin a los aportes obligatorios a las cámaras empresariales

La medida entrará en vigencia el 5 de junio y busca fortalecer la autonomía en las negociaciones. ¿Las empresas de comercio reducirán sus costos?

El Gobierno nacional prohibió la imposición de aportes económicos a empresas no afiliadas a las cámaras empresariales. El Poder Ejecutivo, mediante el Decreto 149/2025, publicado en el Boletín Oficial el 5/03/25, tiene como objetivo reforzar la autonomía de la voluntad colectiva de las partes, donde se pacta el aporte para las asociaciones de empleadores.

En la normativa, se estableció que las Convenciones Colectivas de Trabajo no podrán imponer aportes, contribuciones o cualquier otro tipo de carga económica en beneficio de las cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores a cargo de no asociados o afiliados a dichas entidades, salvo que dichas cargas resultaren aceptadas voluntariamente por las empresas.

Es importante aclarar que la presente normativa no regula las contribuciones que las empresas realizan a los sindicatos, las cuales mientras sean pactadas en convenciones colectivas continúan siendo obligatorias.

La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social no homologará nuevas negociaciones colectivas que incluyan este tipo de cláusulas.

A partir de la entrada en vigencia, la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social no homologará nuevas negociaciones colectivas que incluyan este tipo de cláusulas.

De esta manera, al emitir este decreto, se destaca que la medida apunta a “fortalecer la autonomía convencional y respetar los derechos de todas las partes involucradas en las relaciones laborales”.

¿Empresas de comercio reducirán sus costos?

A modo de ejemplo podríamos mencionar que se verían afectadas por esta nueva regulación las empresas de Comercio realizan la contribución obligatoria al INACAP, en el caso de las empresas de la Construcción al IERIC o por ejemplo también las empresas metalúrgicas que contribuyen a la Asociación de Industriales ADIMRA.

Para las empresas de Comercio, la contribución obligatoria que dejarían de abonar al INACAP es de $4.725,02 por cada trabajador. En nuestra región, por ejemplo, una empresa que desea inscribirse en el Sindicato de Petroleros Privados, debe presentar como requisito la inscripción a alguna de las cámaras empresariales del sector, cuya afiliación es arancelada.

Entrada en vigencia

La medida se implementará en un plazo de 90 días corridos desde su publicación en el Boletín Oficial, lo cual se cumplirá desde el próximo 5 de junio de 2025, y significa que los convenios y acuerdos colectivos que contravengan lo dispuesto en el decreto deberán ser modificados o no serán homologados.

Contribución Sindical Petroleros

Por otra parte, pasado jueves 27 de marzo se hizo público un acuerdo mediante el cual se indica que las empresas petroleras deberán abonar una contribución extraordinaria al sindicato conducido por su Secretario General, Marcelo Rucci.

El acuerdo, que tuvo lugar entre las Cámaras empresarias CEPH y CEOPE, junto al Sindicato de Petroleros Privados de Río Negro, Neuquén y La Pampa, dispone el pago de una contribución extraordinaria de $40.000 por cada trabajador.

Indica el texto que dicha contribución será utilizada para compensar los mayores costos insumidos por el sindicato en los programas de capacitación y asistencia social.

Una particularidad es que se fija como fecha de pago el vencimiento de los aportes y contribuciones de seguridad social del mes de febrero, que justamente ocurrió entre el 10 y 12 de marzo. Ante esta situación, desde el sindicato informan que aun no se encuentra habilitada la opción en el sistema de boletas, quedando a la espera la confirmación en los próximos días.

(*) C. S. B. & ASOC.


El Gobierno nacional prohibió la imposición de aportes económicos a empresas no afiliadas a las cámaras empresariales. El Poder Ejecutivo, mediante el Decreto 149/2025, publicado en el Boletín Oficial el 5/03/25, tiene como objetivo reforzar la autonomía de la voluntad colectiva de las partes, donde se pacta el aporte para las asociaciones de empleadores.

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