Nuevos Valores para encuadrar como Pyme

Los dio a conocer el Ministerio de Desarrollo Productivo. Afip estableció un proceso de seis pasos para recategorizar.

Por Cr. Federico José Parrilli (Chinni, Seleme, Bugner y Asoc.)

Nuevo encuadre. Las empresas podrán recategorizarse como Pymes y capitalizar las ventajas fiscales.

El ministerio de Desarrollo Productivo dispuso mediante la resolución 23/2022 los nuevos parámetros para categorizar como Micro, Pequeña o Mediana empresa.

Las subas por categoría fueron entre el 40% y el 55% dependiendo de la actividad. Los nuevos límites de facturación quedaron establecidos como se observa en el cuadro que acompaña la nota.

En cuanto al límite de personal ocupado los parámetros se mantuvieron intactos y no se verificaron incrementos quedando las categorías conforme al esquema que se detalla.

Del mismo modo no se actualizó el importe de activo límite para ciertas actividades lo cual no resulta razonable el congelamiento de esta cifra en $ 193.000.000.

Con esta nueva actualización las pymes pueden solicitar una nueva recategorización y evaluar si pueden bajar de categoría como por ejemplo una empresa Mediana Tramo I bajar a Pequeña. Este cambio les genera un beneficio en el cómputo del 100% del impuesto sobre los débitos y créditos bancarios como pago a cuenta en el impuesto a las ganancias.

A partir del presente mes la categorización se puede hacer en forma mas sencilla y el fisco informó 6 pasos para realizar el trámite, ingresando al sitio del organismo con la correspondiente clave fiscal.

1. La información referida al período fiscal 2022 se encontrará en estado Borrador y se podrá consultar desde la pestaña Acciones con la opción Ver.

2. Se puede modificar el consentimiento para compartir la información y/o la solicitud del beneficio del Pago del IVA en forma diferida.

3. Con la presentación del F1272, se autoriza a la Secretaría Pyme a compartir la información del Registro de Empresas Mipymes. En caso negativo opta por esa opción con un tilde.

4. Durante el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio fiscal de cada empresa que haya prestado su consentimiento, la AFIP enviará a la Secretaría la información actualizada de los campos del Formulario 1272, declarada por la empresa al organismo recaudador.

5. En caso de no haber inconsistencias ni detectar errores, la información es enviada a la Secretaría Pyme quien evalúa y emite el certificado.

6. Se deberá contar con las declaraciones juradas de IVA y de SUSS de los últimos tres ejercicios comerciales, como requisito excluyente.

En caso de que exista información que tenga inconsistencia se podrá modificar previa rectificación de las declaraciones juradas del impuesto.

Por su parte existen varios beneficios que se les otorgan a los contribuyentes por estar categorizados como pymes entre los que mencionamos.

A partir del presente mes de abril, la categorización se puede hacer en forma mas sencilla y el fisco informó 6 pasos para realizar el trámite

En materia de seguridad social las pymes tendrán acceso a la alícuota del 18%.

En el impuesto al cheque las pymes no pagan sobretasa de impuesto a los débitos y créditos bancarios para retiro de efectivo. Adicionalmente las micros y pequeñas empresas se pueden computar el 100% del impuesto al cheque y del 60% para las medianas tramo I del rubro industrial.

Para las micros y pequeñas está vigente el IVA diferimiento en el pago por 90 días. Además se pueden incluir en el régimen de facilidades de pago permanente las obligaciones de IVA de las pymes con pago diferido.

Simplificación para solicitar el certificado de no retención de IVA

En materia de comercio exterior se establece la desgravación del derecho de exportación de servicios en caso de micro y pequeñas empresas con un acumulado de u$s600.000 anuales.

Se las excluye del Régimen de Retención IVA y Ganancias en los pagos con tarjeta de crédito con certificado vigente.

Se recomienda evaluar junto al profesional matriculado la situación de cada empresa, y gestionar un nuevo certificado a fin de no perder estos beneficios.

Por último, existe una flexibilización de Planes “Mis Facilidades” para sectores críticos hasta el 31/5/2022. La nueva normativa permite obtener hasta 10 planes de pago y un máximo de 8 cuotas para las micro, pequeñas y medianas empresas con una tasa de intereses máxima del 3% mensual.

Por lo tanto, dado el cúmulo de ventajas que introducen las modificaciones recientemente comunicadas, recomendamos evaluar en detalle junto al profesional matriculado la situación de cada empresa, y gestionar un nuevo certificado a fin de no perder estos beneficios.

Dato

10
El máximo de planes de pago simultáneos que podrán tener abiertos las Pymes con Afip.

Temas

Pulso

Por Cr. Federico José Parrilli (Chinni, Seleme, Bugner y Asoc.)

Registrate gratis

Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento

Suscribite desde $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora
Certificado según norma CWA 17493
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales
<span>Certificado según norma CWA 17493 <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios