La Justicia declara certeza en una puja entre dos gremios de Bariloche
La Cámara Laboral Primera definió a qué encuadramiento corresponden los empleados de una rotisería. Ovidio Zúñiga y Walter Cortés, en el centro de la escena.
La puja desatada entre los sindicatos gastronómico (Uthgra) y mercantil (AEC) de Bariloche por el encuadramiento de dos trabajadores de una rotisería llegó a la Justicia donde un tribunal emitió una “declaración de certeza” para dirimir qué convenio de trabajo correspondía.
El conflicto entre los dos sindicatos surgió en septiembre cuando se realizaron manifestaciones por parte de AEC en el comercio de la zona del barrio Ñireco, pero de fondo revela una feroz pelea entre los dirigentes Ovidio Zúñiga y Walter Cortés, quienes mantienen diferencias por la conformación de la CGT provincial o regional y se cruzan acusaciones por la vieja causa Arbos por la que ambos fueron presos en el penal federal de Esquel.
El gremio de Cortés en ese momento reclamó con bombos y pancartas que los dos trabajadores de la rotisería debían ser encuadrados como empleados de comercio y no como gastronómicos.
El conflicto entre sindicatos motivó a la propietaria de la rotisería a pedir a la Justicia su intervención con una “declaración de certeza” para definir cuál debía ser el encuadramiento legal de los trabajadores y con qué convenio de trabajo se debían regir.
Así la Cámara Laboral Primera de Bariloche resolvió que tras analizar la normativa vigente y las características de cada convenio de trabajo, estos empleados debían encuadrarse como trabajadores gastronómicos debido a que la actividad principal del comercio era la elaboración de comida, tal como indicó Uthgra en su planteo.
Para el gremio mercantil, los empelados debían pertenecer a su sector ya que independientemente del rubro de cada comercio, quien contara con una boca de expednio de productos debían ser representados por la Confederación General de Empleados de Comercio y sus filiales en todo el país.
“Si bien es cierto que, de algún modo, casi todas las actividades económicas implican algún acto de comercio, lo cierto es que muchas de ellas se han distinguido por su especificidad, agremiados por afinidad en el tipo de problemas que el trabajo y su relación con el empleador ocasionan”, indicaron los jueces en el fallo y remarcaron que no hay dudas que “los establecimientos dedicados a la gastronomía deben encontrarse encuadrados en su correspondiente asociación profesional y regidos por su propio convenio colectivo en lugar de encontrarse bajo el paraguas general de la actividad comercial”.
Aclararon que si bien se expenden en el local otras mercaderías, es una rotisería y como tal pertenece a la actividad gastronómica, se explica. “Nada agrega ni quita la circunstancia de que en el mismo establecimiento se vendan mercaderías que complementan la compra de alimentos elaborados”.
La puja desatada entre los sindicatos gastronómico (Uthgra) y mercantil (AEC) de Bariloche por el encuadramiento de dos trabajadores de una rotisería llegó a la Justicia donde un tribunal emitió una “declaración de certeza” para dirimir qué convenio de trabajo correspondía.
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