Revés para la Legislatura de Río Negro en un juicio laboral

El Poder Judicial falló a favor de una empleada que inició una demanda por un reclamo salarial. La trabajadora pretendía una recategorización luego de obtener un título universitario. Tras la negativa en el ámbito administrativo, recurrió a la justicia.

Una empleada de la Legislatura de Río Negro dio batalla en todos los frentes para que el gobierno le mejore su salario luego de haber conseguido un título universitario. Tras la derrota en el ámbito administrativo, la mujer llevó su caso a la Cámara Laboral de Viedma, que le dio la razón y el ascenso con la readecuación salarial.

Nancy Janet Semproni Galván es la trabajadora que se desempeña en la Legislatura de Río Negro. Primero obtuvo su título de técnica en Gestión Parlamentaria. En ese momento, consiguió la bonificación por los estudios terciarios. Entonces siguió con la licenciatura. Pero cuando le entregaron el título, no quisieron recategorizarla. Entonces encaró una discusión que transitó por varios andariveles legales.


Cuando obtuvo la negativa final presentó un recurso de revocatoria, de pronto despacho y un recurso jerárquico. También formalizó la presentación de un nuevo reclamo administrativo, pero toda esa actuación no mereció más que el silencio de la Legislatura.

Entonces se fue a la Cámara Laboral de Viedma, que tiene competencia contencioso administrativa, y ganó la batalla con el voto del juez Gustavo Guerra Labayén y la adhesión de Carlos Marcelo Valverde y Rolando Gaitán.


La mujer, tras obtener el título de Licenciada de Gestión Parlamentaria en 2020, solicitó una recategorización en el escalafón del Poder Legislativo. Según surgió del juicio, la Junta de Admisión, Disciplina y Calificaciones de la Legislatura no argumentó su decisión.


Es más, la propia empleada había formado parte de esa Junta en un caso similar en el que la recategorización fue otorgada a otro trabajador legislativo. Fue uno de los argumentos que tomó en cuenta el juez Gustavo Guerra Labayén para definir el caso.


La cuestión central en el reclamo fue el régimen escalafonario. El apoderado de la provincia, Iván Streitenberger Cachuk, detalló que en el momento de ingreso de la demandante regía la Resolución 811/94 LRN, la que luego fue modificada por la Resolución 153/19 LRN, dictada el 30 de abril de 2019. Sostuvo que en el anterior escalón sí le hubiese correspondido, pero con la modificación su requerimiento quedaba fuera de la norma.


Entonces la discusión se zanjó sobre los derechos adquiridos y la retroactividad de la normativa. Un punto determinante fue el año que la mujer comenzó a estudiar: fue en 2012 con la resolución anterior. Entonces había sido recategorizada con el título intermedio de técnica y que se otorgó con la ley vigente. Es decir que en esa oportunidad sí recibió su mejora salarial y de jerarquía en el escalafón.


Esos dos argumentos torcieron el peso de la decisión legislativa. Entonces la Cámara Laboral de Viedma hizo parcialmente lugar al reclamo de la empleada y le ordenó a la Legislatura la recategorización, pero no hizo lugar a las diferencias salariales.

Los argumentos centrales del fallo



Guerra Labayén, dijo que dos cuestiones llevaron a su resolución del caso. El primero que la propia Junta de Admisión, Disciplina y Calificaciones de la Legislatura Provincial se fijó a sí misma una “pauta de actuación” para resolver casos como el que aquí se plantea.


“La decisión de la Junta de rechazar -sin más- el reclamo de recategorización efectuado por la actora (ver acta de fecha 03/06/2022 incorporada al expediente administrativo N° 10220/L/2022 acompañado como prueba documental) constituye una actuación nula, porque carece por completo de motivación fundada y se aparta -sin dar ninguna razón- de la regla que ella misma se había autoimpuesto”.


El otro eje central es que, con las mismas normas “que aquí se hallan en juego, la actora obtuvo una respuesta diferente -y favorable a sus pretensiones- en el anterior reclamo de recategorización que promovió cuando obtuvo el título intermedio de la misma carrera universitaria en la que ahora consiguió el título final”.


Agregó que el comportamiento de la Junta con criterios diferentes ante un mismo reclamo viola la regla de la “confianza legítima” que, en el ámbito del Derecho Administrativo, es una derivación del principio de buena fe y de la doctrina de los actos propios y se aplica como un mecanismo para conciliar el conflicto. El rechazo a las diferencias salariales se justificó en que la mujer no hizo ese reclamo por la vía administrativa.


Exit mobile version