La extensión de la prisión preventiva es constitucional

Horacio Rachid*


La Justicia, como poder independiente del Estado, en cualquier democracia republicana del mundo occidental, tiene dos caras ante el delito: a) la víctima y b) el victimario. En Argentina, como en otros países del mundo, un sector cualitativamente importante, adscribe desde lo académico, a una corriente doctrinaria denominada “garantismo”, donde prevalece la cara b, el victimario, como receptor casi único de derechos y garantías constitucionales.

Así, el Dr. Gustavo Vitale, conocido en Neuquén como adscripto al garantismo extremo, el 29 de julio de 2020 escribió una nota de Opinión en el diario Río Negro objetando la aplicación de una ley de emergencia, Nº 3234, dictada por el Poder Legislativo, para extender las prisiones preventivas dictadas en el marco procesal de Neuquén, en caso de delitos graves llevados a juicio.

Esta ley temporaria corrige los efectos negativos involuntarios sobre los procesos penales que, al igual que todo el Poder Judicial, se encuentran afectados por el DNU Nº 297/20 y, más recientemente, el DNU Nº 576/20.

Desde el 14 de enero de 2014, entró en vigencia en la provincia del Neuquén la Reforma Procesal Penal, votada en la HLN en 2011 con una amplia mayoría de votos de diputados de un amplio espectro político, discutida legislativamente desde 2004, aportada y enriquecida por numerosas ONG, especialistas constitucionales, legales, expertos e investigadores del país y del mundo, y objeto de elogios y apoyos desde todos los ámbitos imaginables, públicos y privados y nunca objetada constitucionalmente. Tuve la suerte de formar parte, como diputado, en los dos períodos; como integrante de la Comisión de Asuntos Constitucionales, de todas las discusiones, proyectos, cambios; y, una vez consensuada en 2011, formé parte de la Comisión Interpoderes con los vocales del TSJ y representantes del Poder Ejecutivo, avanzando, inclusive, en aspectos reglamentarios de su implementación definitiva.

En este contexto, con la pandemia del covid-19 en este 2020 y sus efectos que demoraron e impidieron la realización de los juicios por jurados en los casos de homicidio, femicidio, violación; donde el número de pruebas presume la figura de delito muy grave y el Código prevé la figura de la prisión preventiva por un año, para evitar la presunción de fuga, obstaculización de la investigación o atentado contra la víctima; afectaron los plazos procesales y desequilibraron el sistema y la extinción del plazo previsto, la ley 3234, también llamada ley Gerez por el autor del proyecto. El fiscal general de la provincia de Neuquén Dr. José Gerez atiende la situación de feria judicial sui géneris prolongando las prisiones preventivas por el plazo de 9 meses, si los fiscales consideran, sin variar en absoluto las carátulas; ni afectan pruebas o defensas presentadas, ni crean ninguna situación judicial nueva ni alteran el debido proceso, por lo que no aplica la prohibida retroactividad en la aplicación de las leyes.

Tampoco prosperó la inconstitucionalidad de la Ley 3234, pedida por estos sectores garantistas, rechazadas por dos instancias legales del Código Procesal, por lo que no solo se ratifica la plena vigencia del derecho de defensa, sino lo que sin duda tiene la misma importancia, los derechos y protección de las víctimas que no solo esperan una actuación de la Justicia que repare moral y materialmente su daño, sino que, también, vean que esa misma Justicia tiene la capacidad y dinámica como para atender los daños colaterales que toda situación de emergencia pública genera por su propia excepcionalidad.

*Exdiputado provincial neuquino (2003-2011)


Certificado según norma CWA 17493
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales
<span>Certificado según norma CWA 17493 <br><strong>Journalism Trust Initiative</strong></span>

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios