La causa del policía que causó la muerte de su hermana dio un sorpresivo giro judicial
El Tribunal de Impugnación Provincial ahora revocó la absolución que habían dictado otros jueces y confirmó la condena a 5 años de prisión para el empleado policial acusado de homicidio culposo. La tragedia familiar ocurrió en la Navidad de 2018, en El Bolsón.
Mientras casi todos dormían en el barrio Andén de El Bolsón esa mañana del 25 de diciembre de 2018, la familia Zeballos estaba sumergida en una tragedia. El empleado policial Santiago Zeballos había disparado en tres ocasiones con su arma reglamentaria en dirección a la puerta principal de la casa de su familia, enfurecido tras una pelea con su hermano. No sabía que detrás de la puerta estaba su hermana Rafaela, que recibió dos proyectiles que la mataron.
Zeballos fue juzgado y condenado. El 17 de diciembre del año pasado el tribunal, integrado por los jueces Sergio Pichetto, Víctor Gangarrosa y José Bernardo Campana, le impusieron 5 años de prisión como autor del homicidio culposo de su hermana, agravado por haber sido cometido con violencia e intimidación contra las personas mediante el empleo de un arma de fuego. Además, lo inhabilitaron por 10 años para el uso, tenencia o portación de cualquier arma de fuego.
La defensa de Zeballos impugnó ese fallo. Y el 12 de abril pasado, el Tribunal de Impugnación Provincial (TIP) resolvió por mayoría revocar la sentencia condenatoria y absolver al empleado policial.
Tras esa resolución, el fiscal del caso Francisco Arrien impugnó esa sentencia y aunque parezca insólito el TIP, con otra integración, admitió el recurso de la fiscalía, revocó el fallo del 12 de abril y confirmó la sentencia del tribunal de Bariloche que juzgó y condenó a Zeballos.
Fuentes judiciales consultadas reconocieron que no hay muchos antecedentes de este tipo en el Poder Judicial rionegrino. A todo esto, el imputado sigue en libertad porque la sentencia condenatoria no está firme.
El caso ocurrió entre las 6:30 y las 7.30 del 25 de diciembre de 2018, en un domicilio de la calle Rivadavia del barrio Andén de El Bolsón. Los hermanos Zeballos habían salido a celebrar la Navidad y Santiago regresó a su domicilio con su novia porque tenía que trabajar esa mañana. Su hermano, Claudio, regresó después y se originó una pelea entre ellos. Santiago se retiró con su novia de la vivienda de su madre para irse a trabajar, pero antes de marcharse extrajo su arma reglamentaria y amedrentó a sus dos hermanos que ingresaron a la casa atemorizados.
Según la teoría de la fiscalía, Santiago disparó por los menos en tres oportunidades hacia la puerta de ingreso de la vivienda. Rafaela estaba detrás de la puerta y recibió dos proyectiles. Una de las balas impactó en la cabeza de la mujer y causó su muerte.
El 20 de octubre último, los jueces del TIP Miguel Ángel Cardella, y los subrogantes Verónica Rodríguez y Luciano Garrido revisaron la sentencia de sus pares que habían absuelto por mayoría en abril pasado al policía imputado.
Arrien había presentado una impugnación extraordinaria que fue concedida por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) a finales de junio último y dispuso que la decisión absolutoria sea rediscutida. La defensa había pedido desestimar el recurso del fiscal y confirmar la absolución.
Los jueces resolvieron por unanimidad que no hay afectación del principio de congruencia, como había advertido el fallo absolutorio, “al no haber una modificación de los hechos puesto a conocimiento del Tribunal juzgador por las partes”.
“Existe una violación al principio de congruencia cuando el hecho no se ajusta con la sentencia dictada y esta conclusión no surge de nuestro análisis”, afirmaron. “Del texto de la sentencia dictada por el Tribunal de juicio no se observa que el cambio de la calificación de un homicidio doloso a uno culposo sea el producto de un cambio en los hechos del caso”, observaron.
“Esto es así porque la base fáctica fue la misma y se agregaron los datos probatorios que las partes aportaron en el debate, por lo tanto existe una identificación entre la acusación, el debate y la sentencia”, destacaron.
Y observaron que el fallo del tribunal de juicio “se ajusta a que al hecho le otorgó una calificación jurídica beneficiosa para el imputado”.
La última palabra no está dicha, porque la defensa tiene la posibilidad de recurrir al máximo tribunal de justicia de la provincia.
Mientras casi todos dormían en el barrio Andén de El Bolsón esa mañana del 25 de diciembre de 2018, la familia Zeballos estaba sumergida en una tragedia. El empleado policial Santiago Zeballos había disparado en tres ocasiones con su arma reglamentaria en dirección a la puerta principal de la casa de su familia, enfurecido tras una pelea con su hermano. No sabía que detrás de la puerta estaba su hermana Rafaela, que recibió dos proyectiles que la mataron.
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