Elecciones 2025 en Neuquén | Ficha limpia: Gloria Ruiz y Ricardo Soiza pueden ser candidatos

El proyecto que ingresó a la Legislatura de Neuquén no podrá aplicarse en las elecciones de este año, en caso de ser aprobado, y recién entrará en acción en los comicios del 2027. Para diputados y senadores nacionales depende de lo que suceda en el Congreso.

Los primeros meses del año serán determinantes para Gloria Ruiz y Ricardo Soiza, protagonistas de los dos casos de presunta corrupción más resonantes ocurridos en Neuquén en los últimos años. A la exvicegobernadora le formularán cargos por presunto enriquecimiento ilícito, entre otros delitos, mientras que el exdirector de Planes Sociales quedará a las puertas del juicio oral por la millonaria estafa cometida por una banda que, según la fiscalía, él lideraba junto con otros funcionarios.

En paralelo, esos meses la Legislatura de Neuquén avanzará con el tratamiento del proyecto de ficha limpia, enviado por el gobernador Rolando Figueroa, que tiene por objetivo impedir que las personas condenadas por delitos dolosos en doble instancia puedan ser candidatas a cargos electivos.

Se tiene por seguro que el proyecto será convertido en ley con cierta rapidez. ¿A quiénes dejará fuera de carrera? En concreto, dos figuras emblemáticas como Ruiz y Soiza, ¿podrían ser candidatos este año en caso de que sean condenados en doble instancia y quisieran postularse?

Es un ejercicio en apariencia teórico; sin embargo hay antecedentes en el mundo de personas condenadas que accedieron a cargos electivos importantes, incluso a la primera magistratura.

Las elecciones 2025 en Neuquén


Neuquén no tendrá elecciones provinciales en 2025; pondrá en juego cargos nacionales: tres senadores y tres diputados. En consecuencia, la ley de ficha limpia neuquina no pescará a quienes se presenten como candidatos o candidatas en esos comicios.

Los alcanzará, sí, la prohibición de la ley que eventualmente apruebe el Congreso nacional.

Según el proyecto elaborado por el equipo del presidente Javier Milei, el bloqueo opera únicamente si la condena fue confirmada en segunda instancia «antes del 31 de diciembre del año anterior al proceso electoral». Esa es la redacción actual, una cláusula a medida para dejar fuera de competencia a Cristina Fernández de Kirchner.

Fuera de alcance


Señalado como uno de los cabecillas de la asociación ilícita, Ricardo Soiza espera el juicio por los planes sociales. (Archivo/Florencia Salto)

En el caso de que Gloria Ruiz y Ricardo Soiza, cada cual en su respectivo proceso judicial, sean hallados responsables, condenados, y que esa condena sea confirmada en segunda instancia, no los alcanzará el veto de la ficha limpia nacional. Porque las posibles sentencias recaerán supuestamente dentro de este año electoral, o el próximo, y no en el anterior.

Por supuesto que a los dos les faltarían otros requisitos para nada menores: conseguir un partido que los postule y sumar los votos necesarios para acceder a una banca. La cuestión es que habilitados para presentarse en una boleta, estarán.

Prohibir lo ya prohibido


El proyecto de Rolando Figueroa tiene algunos artículos cuya evolución será interesante observar en el debate legislativo. Por ejemplo, establece que no podrán ser candidatos a cargos representativos los imputados contra quienes exista resolución judicial de prisión preventiva. Esta inhabilitación ya está prevista en el artículo 68 del Código Electoral.

Lo mismo respecto de los inscriptos en el registro de deudores alimentarios morosos o en el registro provincial de violencia familiar y de género: las respectivas leyes 2333 y 3233 ya les impiden postularse. ¿Son artículos sobreabundantes?

La duración y el caso de Río Negro


El proyecto de ley prevé que la inhabilitación dure por el mismo plazo que la condena. El bloque del PRO pretende que sea para siempre. Si la constitucionalidad de la ficha limpia enfrenta a dos bibliotecas, la perpetuidad provoca que choquen los manuales.

A título de comparación: la provincia de Río Negro legisló que en algunos casos se extienda por 10 años más del tiempo de la condena, y en otros por 25 años más.

A propósito: la redacción original de Río Negro tenía un artículo que proponía excluir a «las personas que hayan hecho públicas manifestaciones, expresiones o actitudes misóginas o patriarcales o que puedan encuadrarse en las formas de violencia simbólica de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley Nacional 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales”. Si se lo hubiera aprobado, Javier Milei no se podría presentar como candidato en la provincia, en caso de tener resuelto el tema del domicilio.

¿Cuál será el leading case?


Para probar la pureza constitucional de estas leyes habrá que esperar que alguien se atreva a plantear un caso concreto. Recién en ese momento se expedirá el Tribunal Superior de Justicia de Neuquén o la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Quizá el leading case lo encarne un o una militante con condena por una protesta social: bastan dos fallos en contra por resistencia a la autoridad durante una marcha para quedar fuera de carrera (el proyecto de Figueroa habla de cualquier delito doloso).

Más difícilmente lo sea un sentenciado por evasión de impuestos o lavado de dinero, aunque ahora que la provincia comenzará a investigar el narcomenudeo todo es posible.


Los primeros meses del año serán determinantes para Gloria Ruiz y Ricardo Soiza, protagonistas de los dos casos de presunta corrupción más resonantes ocurridos en Neuquén en los últimos años. A la exvicegobernadora le formularán cargos por presunto enriquecimiento ilícito, entre otros delitos, mientras que el exdirector de Planes Sociales quedará a las puertas del juicio oral por la millonaria estafa cometida por una banda que, según la fiscalía, él lideraba junto con otros funcionarios.

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