Por decreto, Javier Milei designó a Ariel Lijo y Manuel García Mansilla en la Corte Suprema

Ante la falta de definición del Senado, el gobierno argumentó que la Constitución habilita al presidente a realizar nombramientos en comisión.

La Oficina del Presidente Javier Milei anunció este martes la designación en comisión de los jueces Manuel García-Mansilla y Ariel Lijo en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Tras casi un año sin tratamiento de sus pliegos por parte del Senado, el gobierno avanzó mediante un decreto.

Según informó la Oficina del Presidente, los pliegos de ambos magistrados fueron remitidos a la Cámara Alta el 27 de mayo de 2024, luego de cumplir con todas las instancias procedimentales requeridas, incluidas audiencias públicas en agosto pasado.

Sin embargo, el Senado no trató la designación, a pesar de que se cumplieron los requisitos normativos y se difundieron los antecedentes de los candidatos.

Desde el Poder Ejecutivo recordaron que la Constitución Nacional otorga al Presidente la facultad exclusiva de nominar jueces para la Corte Suprema, mientras que el Senado debe prestar acuerdo o rechazar los pliegos en base a un análisis de idoneidad y sin criterios políticos.

En ese marco, el comunicado oficial sostuvo que “la politización de la Justicia es una de las principales causas de que los argentinos no tengan un servicio judicial eficiente” y destacó que “una notable mayoría del arco político respaldó en su momento a Néstor Kirchner y Mauricio Macri en la designación de jueces para la Corte”.

Ante la falta de definición del Senado, el Gobierno argumentó que la Constitución habilita al Presidente a realizar nombramientos en comisión para cubrir vacantes durante el receso legislativo, hasta que la próxima legislatura se expida sobre el tema.

Ariel Lijo y Manuel García Mansilla.

Finalmente, la Casa Rosada justificó la medida señalando que “el Máximo Tribunal no puede funcionar con normalidad con solo tres ministros” y ratificó que continuará el trámite legislativo para que el Senado ejerza su atribución de prestar acuerdo a los pliegos.


Manuel Adorni había negado que haya un decreto para nombrar a jueces


El 26 de diciembre del 2024, el vocero presidencial, Manuel Adorni, descartó que el gobierno esté elaborando un decreto para designar a Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla en el máximo tribunal, a tres días de la jubilación de Juan Carlos Maqueda como juez de la Corte Suprema.

Adorni afirmó que solo sucederá “si el Presidente cree que es imperioso para que la Justicia siga funcionando”.

El funcionario sostuvo que los magistrados: “Habían dicho que antes del 28 de diciembre se iban a decretar los nombramientos» y que el mandatario intervendría solo si le parece necesario.

Todas las posibilidades están abiertas. Pero el decreto sólo ocurrirá en condiciones en donde la Justicia se empantane, cuando se necesiten los jueces por una cuestión coyuntural y el Senado no haya resuelto”, señaló.

El Gobierno basaría su decisión en el artículo 99 inciso 19 de la Constitución Nacional, que le da al Poder Ejecutivo la facultad de completar vacantes que requieran acuerdo del Senado y que se generen durante el receso, “por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”.


La vez que García Mansilla dijo que no aceptaría «ser nombrado por decreto» en el Senado


El 28 de agosto de 2024, durante su audiencia ante la Comisión de Acuerdos del SenadoManuel García-Mansilla sostuvo que «no hubiera aceptado» ser designado en comisión, pese a reconocer que es un mecanismo constitucionalmente válido.

La senadora Anabel Fernández Sagasti lo interrogó sobre la decisión de Mauricio Macri en 2015, cuando intentó designar por decreto a Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, antes de que obtuvieran el acuerdo del Senado. «Visto el impacto que tuvo el decreto 83 en la opinión pública, yo no hubiera aceptado una nominación en comisión», respondió García-Mansilla en aquella ocasión.

Durante la audiencia, García-Mansilla advirtió que ciertas atribuciones constitucionales pueden afectar a las instituciones según «el contexto en que se ejerzan». Puso como ejemplo la ampliación de la Corte Suprema y sostuvo que, aunque es una «facultad estrictamente constitucional», su aplicación puede generar «descrédito en el Poder Judicial».

Con información de Noticias Argentinas.


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