Promulgaron la suspensión de las PASO, el juicio en ausencia y la incorporación de reiterancia y reincidencia
Este viernes 7 de marzo se oficializaron las normativas aprobadas en sesiones extraordinarias.
En sesiones extraordinarias el Congreso de la Nación sancionó la suspensión de las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO). Este viernes 7 de marzo el Gobierno de Javier Milei promulgó la normativa en el Boletín Oficial, al igual que los cambios el juicio en ausencia y la incorporación de reiterancia y reincidencia.
Mediante el decreto 171/2025 se oficializó la modificación a la ley electoral que ordena suspender las PASO en 2025. Desde el Ejecutivo afirmaron que, así, se ahorrarán alrededor de 150 millones de dólares, con el fin de alcanzar el equilibrio fiscal.
Ahora, cada partido deberá resolver sus internas particularmente. «Para el proceso electoral del año 2025 regirán los plazos estipulados por el Código Electoral Nacional,la ley 23.298 y demás normas electorales contados a partir de los diez (10) días antes de la fecha de la elección general», agrega la normativa.
Suspención de las PASO: en qué consiste
En sesions extraordinarias, el Congreso de la Nación aprobó la eliminación de las PASO, con una mayoría absoluta de 43 votos, 20 rechazos y 6 abstenciones.
«Suspéndanse durante el año 2025 las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias contenidas en el título II de la ley 26.571, de Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral, que instituye el sistema de elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, y todaslas obligaciones emanadas de la legislación vigente sobre la materia referidas a su organización y realización», se publicó este viernes 7 de marzo en el Boletín Oficial.
Se la normativa, se aclara que la Cámara Nacional Electoral será la encargada de publicar el cronograma correspondiente, ajustado a estas nuevas disposiciones. En el artículo 3° se indica que “el sorteo previsto en la audiencia contemplada en el artículo 38 de la ley 26.571 se realizará dentro de los dos (2) días siguientes de la oficialización de listas”.
El Gobierno promulgó los cambios en el Código Penal: incorpora la figura de reiterancia y reincidencia
En el Boletín Oficial de este viernes 7 de marzo, también se promulgaron los cambios en el Código Penal. A través del decreto 172 se incorporó la figura de reiterancia que consiste en “la imputación en una causa penal en forma coexistente con otro u otros procesos en los que la misma persona hubiera sido imputada”.
También incorpora el concepto de reincidencia. “Quien hubiera cumplido, total o parcialmente, pena privativa de libertad impuesta por un tribunal del país cometiere un nuevo delito punible también con esa clase de pena”, se determina en el artículo 50 del Código Penal y agrava en un tercio la condena para los reincidentes.
«Con su aprobación se terminan los tiempos de la puerta giratoria en la República Argentina, evitando que los jueces garantistas dejen libres a los delincuentes que acumulan procesos penales. Ahora esperarán el juicio tras las rejas», celebró el Gobierno, tras su aprobación en el Senado.
Juicio en ausencia: el Gobierno promulgó la reforma al Código Procesal Penal
El Ejecutivo también promulgó la sanción de la reforma al Código Procesal Penal para incluir el juicio en ausencia, a través del decreto 173. Así, se permitirá juzgar a imputados que no se encuentran presente en el proceso.
Este criterio de juzgamiento será válido para delitos de lesa humanidad, terrorismo y proliferación de armas de destrucción masiva.
Mediante esta modificación, se busca juzgar a los libaneses y iraníes que se encuentran prófugos en la causa por el atentado a la AMIA, que dejó 85 muertos.
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