Regina: dictaron nuevas medidas para funcionamiento de comercios

Una nueva reglamentación dictó el intendente de Regina, Marcelo Orazi, para el funcionamiento de comercios y servicios ampliados por decreto nacional. Se los autoriza a trabajar, pero con ventas a través de delivery.

A través de un nuevo decreto, el intendente Marcelo Orazi determinó medidas para la habilitación de funcionamiento de servicios y comercios cuyas actividades fueron ampliadas por Nación. Entre las medidas se estableció la obligatoriedad de inscripción en un registro y la autorización de ventas mediante sistema de delivery.

El decreto, el 41/2020 se publicó este jueves, extendió el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 26 de abril, al tiempo que autoriza el trabajo de las «actividades y servicios ampliados por Decisión Administrativa 490/2020 (exceptuados en los términos del artículo 6 del decreto 297/20), y a los que en un futuro se autorice».

Para estos casos el decreto municipal estableció que el mecanismo de venta será a través del servicio de delivery, que para los productos gastronómicos, podrán realizar entregas entre las 8 y las 23. En tanto para el resto de los comercios autorizados a funcionar, el horario de atención será entre las 8 y las 18.

Los comercios a los cuales se incluyó en la ampliación tendrán que inscribirse a través del mail bromatología@villaregina.gov.ar, con un registro de los deliverys autorizados.

El servicio de delivery se podrá realizar con taxis y mensajería, con motos o bicicletas. Todos tendrán que estará registrados a través de Bromatología del municipio. Se fijó además que en caso de incumplimiento se aplicarán multas de $10.184,95.

Otra de las medidas del decreto 41/2020 es el de habilitar cajas recaudadoras en los diferentes edificios del municipio, con el objetivo de permitir a los vecinos realizar el pago de tasas en los lugares más próximos a sus domicilios y sin la necesidad de desplazarse hasta el edificio central de la municipalidad.

Finalmente el decreto establece el uso obligatorio de tapabocas y barbijos para las personas que se desplacen en la vía pública, al tiempo que prohíbe la realización de prácticas deportivas y recreativas.


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