Revictimización
El término “revictimizar” indica que, a una persona que fue víctima de un hecho violento, se la hace padecer nuevamente una situación de coacción.
En los casos en que, como consecuencia de la intervención de las instituciones del Estado se habla de revictimización, significa que como resultado del accionar burocrático de las entidades estatales, la persona revive la circunstancia adversa que sufrió al tener que efectuar numerosas gestiones administrativas propias del ordenamiento burocrático de las mismas.
En dichas instancias es necesario cuidar a la persona que fue víctima de un hecho violento y brindarle contención. Se debe evitar –por ejemplo– realizar preguntas desacertadas que hagan sentir a la víctima que es culpable de lo que le ocurrió. Dos ejemplos simples de ellas son consultar: “¿por qué andaba a esa hora por ahí?”, o “¿cómo iba vestida?”. Hay que entender que nada justifica la acción errónea de la persona que cometió el delito: ni cómo iba vestida la víctima, ni la hora en la que transitaba por el lugar.
Asimismo, hay otras intervenciones inadecuadas que también generan revictimización. En las personas con deseos de adoptar hijos, por ejemplo, es innecesario indagar sobre quién de los dos cónyuges es el que no puede concebir.
Ahora bien: ¿el proceso judicial revictimiza? Si decimos que víctima es toda persona a la que se le ha menoscabado algún derecho como consecuencia del comportamiento delictivo de un tercero, entonces la respuesta es no, puesto que lo que se intenta –desde dicho ámbito– es resarcir un daño, restaurar un derecho y aplicar la pena que corresponde a quien cometió el ilícito.
Sin embargo, si la víctima debe presentarse en diferentes instancias en las cuales –además– tiene que exponerse, someterse a distintos tipos de pericias y padece cada instancia del proceso, la revictimización es clara. Hasta es probable que desista de continuar con la acción judicial.
También es fundamental proporcionar mayor formación al personal de los organismos del Estado en general. Por ejemplo, no se brindan capacitaciones para ofrecer un trato adecuado a personas con discapacidad.
Pero también es necesario saber que es posible lograr que el procedimiento no dañe a la persona. Para ello es fundamental fortalecerla y brindarle contención desde el inicio; explicarle cómo será el proceder, no someterla a reiteradas instancias periciales, brindarle un trato humano y sensible que la ayude a proseguir con el proceso que inició, acompañándola mediante la presencia, apoyo y contención constante.
También es fundamental proporcionar mayor formación al personal de los organismos del Estado en general. Por ejemplo, no se brindan capacitaciones para ofrecer un trato adecuado a personas con discapacidad, y en la mayoría de las instituciones es escaso el personal con conocimientos en lengua de señas. El no atender apropiadamente a personas sordas y con otras limitaciones, las coloca en situación de desventaja y por lo tanto también revictimiza.
El término “revictimizar” indica que, a una persona que fue víctima de un hecho violento, se la hace padecer nuevamente una situación de coacción.
Registrate gratis
Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento
Suscribite desde $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora
Comentarios