Bono de 70 mil pesos para jubilados: el gobierno oficializó su pago en marzo 2025, sin cambios

A través de una resolución oficial, el gobierno de Javier Milei confirmó este miércoles que pagará el bono de 70 mil pesos a jubilados y pensionados con sus haberes de marzo 2025, sin modificaciones.

  • El gobierno de Javier Milei oficializó este miércoles el otorgamiento de un nuevo bono de 70 mil pesos en marzo 2025 para jubilados que perciban el haber mínimo, mediante el Decreto 145/2025 publicado en el Boletín Oficial. Sin embargo, no actualizará este monto.
  • Repasamos, a continuación, cómo quedan las jubilaciones mínimas durante marzo 2025 con el bono de 70 mil pesos incluido, de acuerdo a lo anunciado oficialmente.

Bono para jubilados: cómo quedan los montos de marzo 2025


Así, tras la resolución del gobierno de Javier Milei, las jubilaciones mínimas durante marzo 2025 serán de $349.121, ya que el haber inicial para el tercer mes del año fue fijado en $279.121,71, a partir del aumento del 2,21%, determinado en línea con la inflación de enero.

En tanto que para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior a $279.121,71 pero queden por debajo de los $349.121, el monto máximo del Bono Extraordinario Previsional será igual a la suma necesaria hasta alcanzar esa cifra.

De esta manera, en el caso de que por ejemplo, un jubilado perciba un haber de $300.000 sólo recibirá como bono $49.121. Con la ayuda previsional confirmada, las jubilaciones más bajas pasarán de $343.086 a $349.121.

En los considerandos de la normativa, para justificar la medida, el Ejecutivo aludió al Índice de Movilidad Jubilatoria aplicado desde marzo de 2021, por la Ley N° 27.609, exponiendo los efectos adversos de la inflación en los haberes jubilatorios abonados bajo la mencionada fórmula.


Bono para jubilados: a quiénes les corresponde en marzo 2025


El decreto de Javier Milei detalló que el bono previsional de ANSES será otorgado a:

a. Las personas titulares de las prestaciones contributivas previsionales a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias, de regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, de regímenes especiales derogados, o por las ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión cuyos regímenes fueron transferidos a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y de las prestaciones del régimen establecido por el Decreto Nº 160/05.

b. Las personas beneficiarias de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), instituida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.260 y sus modificatorias.

c. Las personas beneficiarias de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más y demás pensiones no contributivas y pensiones graciables cuyo pago se encuentra a cargo de la ANSES.

Con información de Noticias Argentinas.-


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