Empleadas domésticas: Quién paga los aportes y contribuciones del servicio

Las empleadas domésticas pueden ser registradas y acceder a los aportes jubilatorios, la obra social y seguro para riesgos de trabajo. Conocé quién debe pagarlo y cómo hacerlo, en simples pasos.

Las empleadas domésticas pueden acceder a la obra social, el seguro por riesgos del trabajo y los aportes jubilatorios a partir de su registración ante la AFIP. Estos aportes específicos deben abonarse todos los meses, dependiendo de las horas semanales trabajadas y la condición de la trabajadora, es decir si permanece activa o jubilada.

Hay que tener en cuenta que los aportes están a cargo de la empleada doméstica, con liquidación en su recibo de sueldo, mientras que las contribuciones y la cuota de la ART están a cargo de la persona empleadora.

Los importes a pagar en concepto de aporte y de contribuciones se determinan de acuerdo con la cantidad de horas trabajadas, según la contratación de cada empleada doméstica.

En el caso de que las empleadas domésticas deseen acceder a la cobertura de obra social, deben aportar al sistema un monto igual a 16 o más horas trabajadas. En caso de que su jornada sea menor, puede hacerse aportando voluntariamente o sumando aportes de varios trabajos.

Cómo pagar los aportes y ART de las empleadas domésticas


Los aportes y ART para empleadas domésticas se pagan a mes vencido; hay tiempo hasta el día 10 de cada mes, porque si no cargan con intereses.

A continuación, repasamos cómo puede abonarse cada una de las contribuciones para las empleadas domésticas.

Personalmente: pueden abonarse en Pago Fácil, Rapipago o en los bancos que cobren impuestos de la AFIP. En este caso, hay que imprimir los formularios (se pueden completar en forma interactiva o a mano) y presentarlos al momento de pagar.

Homebanking: en la página web de tu banco, tenés que elegir la opción “AFIP Doméstica Activa…”, seleccionando la cantidad de horas que corresponda a la relación laboral.

AFIP con Volante electrónico de pago (VEP): tenés que ingresar a la web de la AFIP, en el mismo lugar donde te inscribiste como empleador. Allí generás el VEP, que vas a usar para pagar a través de www.pagomiscuentas.com.ar, LinkPagos o tu homebanking (en la opción “Pago de impuestos AFIP”).


Certificado según norma CWA 17493
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios

Exit mobile version