Sigue vigente la prohibición de reuniones sociales en Bariloche

El Ministerio de Salud de Río Negro difundió la Resolución que mantiene el esquema de restricciones en esta ciudad y Dina Huapi hasta el 8 de diciembre.

El esquema de restricciones se mantendrá en vigencia hasta el 8 de diciembre en Bariloche y Dina Huapi. (foto archivo)

El Ministerio de Salud de Río Negro dictó la resolución que mantiene el esquema de restricciones en Bariloche y Dina Huapi hasta el 8 de diciembre.

En el comunicado oficial, que se difundió esta tarde de martes, se consignó que por resolución del Ministerio de Salud “hasta el 8 de diciembre inclusive se mantendrá el esquema de restricciones y excepciones en las zonas de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO)”.

Las medidas incluyen a las ciudades y comisiones de fomento de los departamentos de General Roca y Adolfo Alsina, Bariloche y Dina Huapi. En el caso de Bariloche y Dina Huapi se dispuso que las personas podrán circular, por cualquier medio habilitado, desde las 6 hasta las 24.

La resolución aclara que quedan exceptuados de la restricción el personal “considerado esencial a los fines de la atención de la emergencia sanitaria en los términos del Decreto N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional, quien deberá acreditar tal circunstancia ante requerimiento de cualquier autoridad”.

Ratifica “la prohibición de realización de eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente”.

“La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente con el fin de que la autoridad competente determine si se hubieren cometido los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación”, informa la resolución.

Además, establece que los comercios esenciales y no esenciales podrán funcionar hasta las 21. Prevé que los restoranes, bares, confiterías y locales similares podrán abrir de lunes a domingo hasta las 23.

“Los protocolos sanitarios específicos para dichas actividades deberán propender a disminuir el aforo en espacios cerrados y privilegiar la utilización de espacios al aire libre, con estricto control del resto de las acciones preventivas establecidas para prevenir el contagio del COVID-19”, aclara la resolución. Indica que el servicio de reparto a domicilio será hasta las 23.

La actividad deportiva al aire libre de forma individual se podrá hacer desde las 7 hasta las 20, respetando las pautas de comportamiento relativas al distanciamiento social.

La resolución establece que las trabajadoras y trabajadores afectados al régimen de personal de casas particulares o servicio doméstico podrán desempeñar sus tareas.

Se mantiene la apertura de iglesias y templos para las celebraciones de cultos, con una ocupación máxima del 25 por ciento y un límite de 30 personas en lugares cerrados y un máximo de 30 personas en lugares al aire libre. Las reuniones religiosas no deberán superar los 45 minutos, se mantendrá el distanciamiento y el uso de protección facial durante toda la celebración.

Respecto a las disposiciones comunes, la resolución prevé que las personas afectadas a las actividades exceptuadas deberán dar estricto cumplimiento a los protocolos sanitarios específicos, y al cumplimiento de las recomendaciones e instrucciones sanitarias y de seguridad de las autoridades nacionales y provinciales.

“En todos los casos los empleadores y las empleadoras deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores y las trabajadoras”, destaca la resolución.


Certificado según norma CWA 17493
Journalism Trust Initiative
Nuestras directrices editoriales

Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios

Exit mobile version