Motorhome: el Gobierno de Javier Milei cambió un requisito clave, en qué consiste
Sobre la norma publicada en el Boletín Oficial, Sturzenegger lo definió como una "simplificación en el proceso de homologación".
Este viernes 14 de marzo se publicó en el Boletín Oficial una resolución sobre la circulación del motorhome. Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado comunicó que se trata de una resolución para la «simplificación en el proceso de homologación de trailers y casas rodantes».
La Resolución 53/25 de la Agencia de Seguridad Vial se publicada hoy estableció un «nuevo modelo de certificado de seguridad vehicular», con el modelo que se detalla en el Anexo 1, expuesto a continuación:
Motorhome: cambios en el certificado técnico
Además aprobó «nuevos modelos de informe técnico para trailers y casas rodantes» y se marca que son «requisito previo al otorgamiento de los certificados de seguridad vehicular». Señaló la norma que deberán ser elaborados y emitidos por:
- Talleres de revisión técnica obligatoria de jurisdicción local, que se encuentren inscriptos en el registro nacional de talleres de revisión técnica obligatoria ante esta Agencia Nacional de Seguridad Vial.
- Ingenieros con matrícula vigente con competencias en la materia, los cuales firmarán el informe técnico en concepto de declaración jurada. La vigencia de la matrícula profesional será acreditada con la presentación de un certificado de vigencia de matrícula, expedido por el colegio profesional en el cual se encuentren registrados.
La resolución además indica que «los informes técnicos aprobados por la presente, no perderán validez al cambiar el vehículo tractor» y dejó sin efecto las disposiciones ANSV n° 282/21, 188/22 y 48/25.
Motorhome: por qué se cambió un requisito
En los considerandos de la resolución, se sostiene que “un nuevo análisis del fenómeno ha demostrado que la expedición de los certificados referidos, asociados a un vehículo tractor en particular, genera dilaciones y multiplicación de trámites innecesarios, toda vez que requiere la tramitación de un nuevo documento frente a cada cambio de vehículo que acarree al acoplado, e impide que estos últimos puedan ser remolcados por varios tractores en forma alternativa, en franca desigualdad con las unidades homologadas”.
Por otro lado, se marca que es conveniente «aprobar un nuevo modelo de informe técnico en el cual el examen de las condiciones de seguridad activas y pasivas de los acoplados, resulte independiente del vehículo que lo acarre”. Un cambio que se afirma «permitirá igualar las condiciones de los acoplados que no cuenten con licencia de configuración de modelo, con aquellos que son homologados directamente en la fábrica donde son producidos”.
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