Víctimas de violencia de Estado podrán acceder a dólares sin pagar recargo
Una norma del Banco Central permite que hijos y nietos de desaparecidos transfieran dólares al exterior.
El Banco Central (BCRA) repuso el mecanismo por el cual las personas que perciben los beneficios otorgados a las víctimas de la violencia de Estado, puedan acceder a dólares sin pagar el Impuesto País y poder girarlos al exterior. Así, el ente regulador exceptuó del pago de ese impuesto solidario del 30% (creado para gravar y desalentar la compra de dólares) a los descendientes de desaparecidos y personas que hayan percibido indemnizaciones por ser reconocidas como víctimas del Estado argentino.

Desde el organismo, señalaron que la norma alcanza a beneficiarios que residan en el exterior y busca asegurar los pagos a los que hoy tienen residencia fuera del país ya que tuvieron problemas para hacerlo por las últimas restricciones. Sólo se podrá convertir a dólares el monto de la indemnización o las cuotas, en caso de que se esté pagando mediante esta forma.
La decisión -que irónicamente en las redes es llamada “dólar Carlotto” por opositores al sectores del gobierno- fue comunicada mediante la Comunicación «A» 7052, circular que busca corregir distorsiones o problemas generados por regulaciones que agrega semana a semana el mercado cambiario.
Refiere a las denominadas leyes Reparatorias para víctimas del terrorismo de Estado (24.043, 24.411 y 25.914 y concordantes) a las que habilita a transferir dólares a una cuenta en el exterior al tipo de cambio oficial, es decir, sin pagar tener que pagar el 30% que el Gobierno denominó «solidario».
La modificación incorpora como punto 3.12.6. del Texto Ordenado sobre las normas de «Exterior y cambios» a las «transferencias a cuentas bancarias en el exterior de personas humanas que percibieron fondos en el país asociados a los beneficios otorgados por el Estado Nacional en el marco de las Leyes 24.043, 24.411 y 25.914 y concordantes».
El Banco Central (BCRA) repuso el mecanismo por el cual las personas que perciben los beneficios otorgados a las víctimas de la violencia de Estado, puedan acceder a dólares sin pagar el Impuesto País y poder girarlos al exterior. Así, el ente regulador exceptuó del pago de ese impuesto solidario del 30% (creado para gravar y desalentar la compra de dólares) a los descendientes de desaparecidos y personas que hayan percibido indemnizaciones por ser reconocidas como víctimas del Estado argentino.
Registrate gratis
Disfrutá de nuestros contenidos y entretenimiento
Suscribite desde $1500 ¿Ya estás suscripto? Ingresá ahora
Comentarios
Estimados/as lectores de Río Negro estamos trabajando en un módulo de comentarios propio. En breve estará habilitada la opción de comentar en notas nuevamente. Mientras tanto, te dejamos espacio para que puedas hacernos llegar tu comentario.
Gracias y disculpas por las molestias.
Comentar